Europa elimina el uso de las mascarillas en exteriores, siempre que se respete una distancia de seguridad y sin aglomeraciones

Pinterest LinkedIn Tumblr +

España, Francia, Alemania, Grecia, Italia, Portugal, son de los países europeos donde ya se puede estar al aire libre sin las mascarillas. El anuncio fue celebrado en países como Francia, Italia y Grecia donde miles de jóvenes celebraron en las calles la eliminación de tan incomoda, pero necesaria prenda de vestir que nos ha acompañado durante más de un año.

Aunque no llevarla se limita de momento a espacios exteriores y a la evolución de las estadísticas de la incidencia acumulada del virus, las personas preguntadas por la misma sienten un gran alivio, aunque otras todavía no están muy convencidos de no llevarlas y, otros, los menos, dicen que la extrañarán.

España sin mascarillas al aire libre

El Consejo de ministros español, reunido en sesión extraordinaria, fue el último en eliminar el uso de mascarillas, a partir del sábado 26 de este mes, con la aprobación de un Real Decreto-Ley mediante el que se modifica la redacción del artículo 6 de la Ley 2/2021 que regula su utilización.

Los detalles de este acuerdo los dio a conocer la ministra de Sanidad, Carolina Darias, durante una rueda de prensa, por lo que,a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y con carácter general, dejará de ser obligatorio el uso de mascarillas en espacios al aire libre, siempre y cuando se pueda mantener una distancia mínima de, al menos 1,5 metros, entre personas, salvo grupos de convivientes.

Con todo y, debido a las circunstancias de distinta índole, previstas o no, que pudieran suceder una vez abandonado el domicilio, se deberá llevar mascarilla para proceder a su utilización en aquellos casos en los que continuará siendo obligatorio. “La mascarilla la tenemos que llevar con nosotros, aunque no siempre la llevemos puesta”, subrayó la ministra.

Aunque no llevarla se limita de momento a espacios exteriores y a la evolución de las estadísticas de la incidencia acumulada del virus, las personas preguntadas por la misma sienten un gran alivio, aunque otras todavía no están muy convencidos de no llevarlas y, otros, los menos, dicen que la extrañarán.

El uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio en cualquier espacio cerrado, de uso público o que se encuentre abierto al público, así como en cualquier espacio al aire libre en el que no se pueda mantener la distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.

Será obligatoria también en los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o si, estando sentados, no se puede mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.

Transporte público

De la misma manera, será obligatorio el uso de mascarillas en medios de transporte aéreo y marítimo, en autobús, ferrocarril y teleférico, así como en los andenes y estaciones de viajeros. También en el caso de los transportes públicos y de los transportes privados complementarios de viajeros, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando las personas se encuentren dentro de su camarote o en espacios exteriores de la nave y se pueda mantener la distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros.

La mascarilla no será exigible en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, su uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias, ni en aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte de instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones tengan tasas de vacunación con pauta completa superiores al 80%. Sin embargo, deberán llevar mascarilla en todo caso, los visitantes externos y los trabajadores de dichos centros.

En cuanto a los centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, el uso de las mascarillas, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regirá por las normas específicas que determine la autoridad penitenciaria competente.

Evolución de la pandemia y de la Campaña de Vacunación

La modificación de la regulación del uso de la mascarilla y su flexibilización en determinados ambientes y escenarios viene motivada por la evolución de la pandemia en los diferentes territorios del país, así como por el creciente grado de cobertura que está alcanzado el programa de vacunación contra la COVID-19.

Así, según los datos correspondientes al día de ayer, 23 de junio, el 100% y el 96,4% de los mayores de 80 y 70 años respectivamente, cuentan con la pauta completa de vacunación frente a la COVID-19; y el 93,2% y 86,3% de los mayores de 60 y 50 años respectivamente con una dosis.

Será obligatoria también en los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o si, estando sentados, no se puede mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.

En esta misma línea, España cuenta con más de 15 millones de personas con pauta completa de vacunación, más del 32% de la población, así como que, según el informe de este miércoles, el 50% de la ciudadanía cuenta con, al menos, una dosis.

Carolina Darias explicó que estas medidas deben ser prudentes, ya que se va a producir de manera progresiva y gradual, “liberándonos de llevarla en aquellos espacios donde se sabe que la transmisión es considerablemente menor”.

La ministra de Sanidad señaló que la mascarilla ha sido un elemento asociado a la pandemia y se ha convertido en “algo habitual en nuestras vidas y en nuestra interacción social”, con un aprendizaje individual y colectivo sobre su uso que ha sido “ejemplar”.

Público en los estadios deportivos

Por otro lado, se elimina el apartado 2 del Artículo 15 de la Ley 2/2021, actualizándose también las referencias a las medidas que deben adoptarse en las instalaciones que albergan actividades y competiciones deportivas.

Así se suprimen las referencias a determinadas competiciones profesionales (Liga de Fútbol Profesional y Liga ACB), sobre las que se preveía un régimen particular, por sus especificidades y desarrollo en todo el territorio nacional, una vez reanudadas las competiciones profesionales y habiéndose incorporado progresivamente el público a las mismas.

Share.

About Author

Comments are closed.